El TSJ de Madrid aclara que la IA no basta para justificar un ERE en la industria del videojuego

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido, en su sentencia 864/2026 del pasado 8 de octubre, que la implantación de la inteligencia artificial (IA) no constituye, por sí sola, una causa válida para justificar un expediente de regulación de empleo (ERE). Esta resolución, la primera que aborda el tema en el ámbito de la industria del videojuego, deja abiertas varias interrogantes sobre el futuro de los trabajadores en sectores cada vez más automatizados.
Un caso de despido y una sentencia que marca precedentes
La sentencia se centra en el recurso de una guionista que alegaba que su despido, dentro de un ERE, debía considerarse nulo. El juzgado de instrucción había declarado previamente su despido improcedente y exigía la nulidad y daños morales. En su carta de despido no se mencionaba la IA como motivo. Por otro lado, una modeladora de gráficos 3D del mismo estudio recibió una carta en la que sí se citaba la IA, pero el juzgado de instrucción la había declarado procedente. El TSJ de Madrid no examinó este último despido, ya que no había sido recurrido, y se cerró como procedente.
En el caso de la modeladora, la carta de despido señalaba que la IA “mejoraba la calidad visual y permite ser más ágiles y eficientes”. Así, bastaban dos artistas 3D sénior y su puesto desaparecía. La empresa alegó causas económicas, técnicas, productivas y organizativas, pero la carta se apoyaba principalmente en las económicas y productivas. La Inspección de Trabajo aceptó las causas económicas, organizativas y productivas, pero no la técnica.
La IA como consecuencia, no como causa
La empresa justificó su ERE con la necesidad de un cambio en la forma de trabajar. Según la carta, la IA “impacta en un doble aspecto”: mejora la calidad visual de los productos y permite ser más ágiles y eficientes, reduciendo el tiempo necesario por escena. Desde un punto de vista estratégico, se hace necesaria la implementación de un nuevo proceso de producción basado en la IA. Por lo tanto, la IA no es la causa directa del despido, sino una consecuencia de la necesidad de adaptarse a un modelo productivo más viable económicamente.
La empresa se encontraba en una situación económica límite, pasando de ganar 646.297 euros en 2023 a perder 3.546.027 euros en 2024. Su cifra de negocio cayó de 7,99 a 4,60 millones. En octubre de 2024, comunicó su insolvencia a un juzgado de Madrid y presentó un ERE que afectó a 13 de sus 83 trabajadores.
El debate sobre la sustitución directa por IA
El TSJM introduce un matiz importante: la IA no justifica el despido por sí misma. La sentencia contextualiza el papel de la IA en la decisión de las causas del despido y su presencia no vincula la improcedencia o no de los despidos, sino que la vincula a las razones de su implantación. Una sentencia del Tribunal de Instancia de Bilbao declaró improcedente el despido de un empleado cuyo puesto había sido sustituido por una IA, sin que en esa decisión hubieran incurrido otros motivos económicos u organizativos.
En otras palabras, sustituir sin más a los empleados por una IA puede resultar muy caro a las empresas, a no ser que el motivo de despido no sea la sustitución directa por una IA, sino un cambio completo del modelo productivo o por motivos económicos que obliguen a cambiar ese modelo.
Implicaciones para el mercado laboral y la regulación
La sentencia 864/2026 deja abiertas varias puertas. Por un lado, confirma que la IA no constituye una causa directa de despido, lo que protege a los trabajadores de ser despedidos únicamente por la adopción de nuevas tecnologías. Por otro, subraya la importancia de demostrar causas económicas, organizativas o productivas reales para que un ERE sea procedente.
El caso también resalta la necesidad de que las empresas justifiquen claramente el impacto de la IA en sus procesos productivos y en la viabilidad económica. La falta de una causa económica sólida puede llevar a la improcedencia del despido, como se evidenció en el caso de la modeladora de gráficos 3D.
En definitiva, la sentencia del TSJ de Madrid establece un precedente que podría influir en futuros litigios relacionados con la IA y el empleo. Los tribunales deberán evaluar cada caso en función de las causas reales que motivan el despido, y no simplemente en la presencia de tecnologías avanzadas.

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