La Seguridad Social anuncia mejoras en las pensiones de maternidad y paternidad interrumpidas

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La Seguridad Social reforma el cálculo de pensiones para reducir la brecha de género

La Seguridad Social prepara una modificación importante en el cálculo de las pensiones contributivas que entrará en vigor a partir de 2026. El objetivo es mejorar la cuantía de las pensiones de quienes hayan tenido interrupciones en su vida laboral por motivos familiares o de cuidado de hijos.

Este nuevo sistema de integración de lagunas busca compensar los periodos sin cotizar, especialmente aquellos que afectan a las mujeres, aunque también podrá aplicarse a hombres que hayan visto limitada su carrera profesional por el nacimiento o adopción de hijos. Con ello, se pretende garantizar que la conciliación familiar no penalice la futura pensión de jubilación.


Respaldo legal y enfoque social

La medida se recoge en la Disposición transitoria cuadragésima primera de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y amplía el artículo 209.1.b), que ya contemplaba un mecanismo de integración de lagunas.

En la práctica, la Seguridad Social rellenará los meses sin cotizar dentro del periodo de cálculo de la base reguladora con porcentajes de la base mínima de cotización vigente, aumentando así la cuantía final de la pensión. Esta integración no añade tiempo de cotización, ni sirve para cumplir los requisitos mínimos, pero eleva la base reguladora y, por tanto, el importe de la prestación.


Cómo funcionará el nuevo sistema

Actualmente, los primeros 48 meses sin cotizar se integran al 100% de la base mínima, y los meses siguientes al 50%.

A partir de 2026:

  • Meses 49 a 60: se integrarán al 100% de la base mínima.
  • Meses 61 a 84: se integrarán al 80%.
  • A partir del mes 85: se aplicarán las reglas generales (50%).

Esto permitirá cubrir de forma más justa los periodos de inactividad relacionados con el cuidado de hijos o familiares dependientes.

Para los hombres, la mejora aplica si cumplen el artículo 60.1.b) de la LGSS, demostrando que su carrera se vio interrumpida por la maternidad o adopción de un hijo.


Ejemplo práctico

Supongamos que Ana solicita su jubilación en 2028 y tiene 70 meses sin cotizar por cuidado de hijos. Con la normativa actual, los primeros 48 meses se integran al 100% y los 22 restantes al 50%. Con la reforma:

  • Meses 49 a 60: 100% de la base mínima
  • Meses 61 a 70: 80% de la base mínima

Esto incrementa su base reguladora final, aumentando significativamente su pensión.

En cambio, para un hombre como Carlos, que ha cotizado 14 años y medio, la reforma no le permite alcanzar los 15 años mínimos, pero sí mejora el cálculo de su base reguladora, aumentando teóricamente su futura pensión.


Reduciendo la brecha de género

Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la brecha de género en las pensiones supera actualmente el 30%. Las interrupciones laborales por maternidad y cuidados familiares son la causa principal.

Con este mecanismo, el Gobierno espera reducir progresivamente la brecha hasta situarla por debajo del 5%, momento en que la medida dejará de aplicarse automáticamente.

La integración de lagunas se aplicará plenamente en 2026 y afectará solo a quienes calculen su base reguladora a partir de esa fecha. Actualmente, la pensión media femenina se sitúa en 1.090 euros mensuales, frente a los 1.520 euros masculinos.

Imagen | Pixabay.

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