Despedido por WhatsApp: empresa deberá pagar más de 8.000 € por un simple mensaje

Despido vía WhatsApp: una lección sobre cómo despedir correctamente a un trabajador

Hoy en día usamos WhatsApp para casi todo, incluso para comunicarnos con nuestros jefes. Pero la ley no permite despedir por un mensaje de mensajería. Así lo recordó el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en un caso que involucró a Adela, una ayudante de cocina con contrato indefinido desde 2018.

Qué pasó

En enero de 2024, Adela se fue de vacaciones a su país de origen, autorizadas verbalmente, pero sin firmar el documento oficial que requería la empresa. Al no recibir constancia escrita, la compañía la consideró ausente injustificada y la despidió.

El despido se notificó vía WhatsApp el 15 de febrero mediante dos documentos, incluyendo un “finiquito”, pero sin explicar los motivos concretos.

La sentencia

El TSJ de Canarias revocó la decisión inicial y declaró el despido improcedente. Según el Artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, el despido debe notificarse por escrito, incluyendo:

  • Hechos que motivan la extinción del contrato
  • Fecha de efecto del despido

Un simple mensaje de WhatsApp no garantiza que el trabajador reciba ni comprenda la notificación, ni permite ejercer su derecho a defensa.

Consecuencias para la empresa

Al considerarse improcedente, la compañía debe decidir en cinco días si readmite al trabajador o paga una indemnización que en este caso ascendió a 8.319,63 €.

Lección clave

Aunque la tecnología facilita la comunicación, los procedimientos legales requieren formalidad. Para las empresas, un despido mal notificado puede resultar muy costoso, y para los trabajadores, esta sentencia confirma su derecho a una defensa justa.

Imágenes | Dima Solomin 

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