Instalar una barandilla en la plaza de garaje: ¿permite la Ley de Propiedad Horizontal?

Una polémica que ha vuelto a la red social Líos de vecinos ha sacado a la luz una cuestión poco conocida de la Ley de Propiedad Horizontal: la posibilidad de instalar una barandilla en una plaza de garaje para evitar rayaduras entre coches vecinos. El caso comenzó cuando un conductor, tras haber rayado accidentalmente el vehículo del vecino, dejó una nota para abrir un parte amistoso y que los seguros se pusieran en contacto. El vecino, en lugar de aceptar el gesto, denunció al autor de la incidencia a la policía y decidió colocar una barandilla en su plaza para impedir que ambos coches se tocaran de nuevo.
La polémica se intensificó cuando el primer conductor empezó a tener problemas para abrir la puerta de su coche, alegando que la barrera interfería con su maniobra. La cuestión legal se centra en el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, que permite al propietario modificar los elementos de su parcela siempre que no menoscabe la seguridad del edificio, su estructura o los derechos de otro propietario. En otras palabras, la normativa no prohíbe la instalación de una barandilla, siempre que no genere inconvenientes a los vecinos.
El punto de vista de los expertos
Patricia Briones, abogada y secretaria técnica del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid), confirma que la instalación es legal siempre que se respeten ciertos límites. Según Briones, la línea que separa ambas plazas es un elemento común, por lo que no se puede colocar ningún elemento que dificulte la apertura de la puerta y la salida del vehículo colindante. La barrera debe quedar dentro de los límites de la plaza y no debe impedir la maniobra del coche vecino.
¿Qué implica la instalación?
El debate se reduce a determinar si la barandilla provoca una inconveniencia al vecino contiguo, incluso cuando se coloca dentro de los propios límites de la plaza. Cuando se abre la puerta del coche, suele invadir la plaza vecina unos centímetros, lo que puede ser crucial para entrar y salir cómodamente. Si la barrera impide ese movimiento, se consideraría un perjuicio directo al propietario del vehículo colindante.
Conclusiones y próximos pasos
En resumen, el vecino tiene derecho a colocar una barrera física en su plaza de garaje siempre que no exista una norma comunitaria que lo impida, que no sobrepase los límites de la plaza y que no cause perjuicio al vecino de al lado. La cuestión final quedará a la decisión de un juez, que deberá valorar si la instalación de la barandilla constituye una inconveniencia para el propietario contiguo. Hasta entonces, la controversia sigue sin resolverse y la comunidad de propietarios deberá decidir si aprueba o rechaza la propuesta de barrera.


¿Qué te ha parecido?
Deja el primer comentario y comparte tu experiencia o pregunta.